Aprendiendo a invertir – Parte III: renta fija

Una de las formas más importante de financiación que tienen los gobiernos de los diferentes estados es la emisión de deuda pública. A estos instrumentos de inversión se los denomina de renta fija porque tienen un vencimiento fijado (no confundir con tipo de interés fijo). Su rentabilidad también suele estar preestablecida aunque en ocasiones depende de factores externos como valores o índices.

Nota1: Las empresas privadas también pueden emitir valores de renta fija aunque es menos común.

Básicamente funcionan de la siguiente manera: el gobierno emite valores de renta fija para obtener, con su venta, el capital necesario para financiarse. Por ejemplo, si emite Letras del Tesoro de 1.000 euros cada una, con un vencimiento de 12 meses y un tipo de interés anual del 4,5%, al cabo de ese tiempo obtendríamos una rentabilidad de 45 euros por cada letra.

Aunque las fluctuaciones de los tipos de interés de estos instrumentos financieros son menos pronunciadas que en valores de renta variables como las acciones, hay factores externos que inciden o pueden incidir de manera notable. Uno de los más conocidos son las agencias de calificación que se encargan de valorar y calificar el riesgo y la solvencia del emisor de deuda. Como siempre, a mayor riesgo (de insolvencia) mayor rentabilidad.

Hagamos un inciso para explicar brevemente la archifamosa Prima de Riesgo.

Prima de Riesgo

Se conoce como Prima de Riesgo a la diferencia que existe entre lo que paga un país por su deuda a 10 años y lo que paga otro país. Actualmente se toma como referencia a Alemania, de tal modo que este valor se calcula en relación al tipo de interés que Alemania fija para su deuda a 10 años. Pongamos un ejemplo:

     Alemania ofrece deuda a 10 años a un interés del 1,5%.

     España paga su deuda a 10 años a un interés del 5,2%.

     La diferencia entre ambos tipos de interés es (5,2% – 1,5%) de 3,7%.

     Éste porcentaje se multiplica por 100 y se obtiene el valor de la Prima de Riesgo de España: 370 puntos.

La diferencia entre uno y otro depende de las garantías de solvencia del país y del riesgo que las agencias de calificación establezcan. La estabilidad política, los conflictos bélicos, el déficit o el nivel de desempleo, son algunos de los factores tenidos en cuenta por estas agencias para calcular el riesgo de un país. Además, no podemos obviar que existe otro factor determinante, la pura especulación, que puede hacer bajar y subir la prima de riesgo en función de los intereses de los grandes grupos inversores con el fin de obtener la mayor rentabilidad posible.

Nota2: Piensen que si un país amenaza con la quiebra económica y, por tanto, posee un riesgo elevado, esto hará que el tipo de interés se dispare ofreciendo la posibilidad de una rentabilidad muy por encima de lo lógico. No hace falta ser muy suspicaz para darse cuenta de que a los inversores les interesa que un país sea puesto en duda por su solvencia, ya sea cierto o no, más aún cuando se sabe que las aportaciones para los rescates de los países en apuros tienen como primer destino el pago a los acreedores de deuda pública.

El gobierno de España emite tres tipos de valores de renta fija: Letras del Tesoro, Bonos y Obligaciones del Estado.

Letras del Tesoro

Son valores de renta fija emitidos al descuento, por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso, es decir, que el inversor compra una Letra de valor 1.000 euros pagando por ella un precio inferior y adquiere el derecho a recibir 1.000 euros cuando llegue el vencimiento de la misma. La diferencia entre el valor de reembolso de la Letra y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra.

El Tesoro emite todos los meses Letras a 3, 6, 9 y 12 meses mediante subastas que se celebran el tercer y cuarto martes de cada mes, atendiendo a un calendario anual. El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de esta cantidad.

Los rendimientos se gravan a un tipo de entre el 21% y el 27% dependiendo de la base liquidable. No están sujetos a retenciones a cuenta.

Bonos y Obligaciones del Estado

Son valores con interés periódico en forma de cupón. El cupón que devenga se paga cada año y representa el tipo de interés nominal del Bono o de la Obligación. Su rentabilidad está constituida, pues, por dos componentes:

  • El cupón o interés fijo sobre el valor nominal, que se cobra anualmente durante la vida del Bono u Obligación.
  • La diferencia entre el precio de compra y el precio de venta, que será el valor nominal si se espera a la amortización del Bono u Obligación, o el precio al que se haya realizado la venta si se venden antes del vencimiento en el mercado secundario (que dependerá de la evolución de los tipos de interés del mercado).

La única diferencia entre los Bonos y las Obligaciones del Estado es su plazo, siendo la emisión de Bonos de 2, 3 y 5 años de duración y la de las Obligaciones de 10, 15 y 30 años.

Los Bonos y Obligaciones se subastan el primer y tercer jueves de cada mes, respectivamente, y las referencias que se emiten se anuncian el viernes inmediatamente anterior a la fecha de cada subasta.

Al igual que en las Letras, el importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros y las peticiones por importes superiores han de ser múltiplos de esta cantidad.

Los ingresos percibidos por cada cupón tributan como renta del ahorro a tipos de entre el 21% y el 27% dependiendo de la base liquidable. Están sujetos a retenciones a cuenta del 21%.

Nota3: los valores de renta fija responden a inversores de perfil conservador/moderado, ya que, salvo situaciones muy concretas (como la actual crisis), suele ser un producto de rentabilidad media y riesgo bajo, puesto que cuentan con la garantía y el aval del propio Estado. Están considerados como producto MiFID.

Fuentes consultadas: www.tesoro.es y www.bde.es